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Anulado requisito de edad máximo en Andalucía para los Policías Locales

Anulado requisito de edad máximo en Andalucía por el tribunal supremo para las oposiciones de policía local.  En la misma situación se encuentra Castilla La Mancha.

La convocatoria del ayuntamiento para 56 plazas de policías locales de Sevilla incluía el requisito de que el candidato tuviera menos de 35 años y fue recurrida. El Tribunal Supremo  anula este requisito confirmando dos sentencias anteriores.

Desde la entrada en vigor del estatuto básico del empleado público en 2007 la edad para poder presentarse a unas oposiciones es desde los 16 años y hasta la edad máxima de jubilación Solo por ley puede establecerse una edad diferente para poder opositar.

El tope de edad de 35 años para el caso de los policías locales de Andalucía se regulaba en un decreto del 2003, por lo que en aplicación del estatuto básico (norma posterior y de rango superior) este límite quedaría sin efecto, y así lo ha confirmado ahora el Tribunal Supremo.

Por lo tanto, con esta sentencia podemos concluir que en Andalucía no se puede poner límite de edad en las bases para cubrir plazas de policía local.

Si así se hiciera, sería totalmente impugnable.

Lo mismo cabe decir de Castilla La Mancha, cuyo límite de edad de 32 años se recoge en un decreto del año 2006. Por el mismo motivo este límite no podría aplicarse, y de hecho, si observamos las convocatorias de los últimos años así ha ocurrido.

Por Ainhoa Gasull

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