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LOMCE y las oposiciones de 2016

  • Una de las leyes más controvertidas del año, la LOMCE, ya está vigente, aunque algunas CCAA aún no estén convencidas de su aplicación. Pero, ¿cómo influye esto a los opositores?
  • Nueva Legislación: Ley LOMCE

LOMCE y las oposiciones

 

La LOMCE, tal vez la ley educativa más controvertida, actualmente se encuentra vigente, pero son muchas las comunidades que todavía son reticentes a su aplicación definitiva.

 

El calendario de aplicación para el curso escolar 2015-2016 sería el siguiente:

  • 2º, 4º  y 6º de primaria (en infantil, y en 1º, 3º y 5º de primaria ya se aplicó el curso pasado)
  • 1º y 3º de la ESO
  • 1º de Bachillerato.

 

Por lo que dicha ley, se aplica de forma definitiva en la educación infantil y en primaria, y comienza su puesta en marca para la educación secundaria y bachillerato.

 

Pero…¿cómo afecta al opositor de educación?

 

Primer examen -  Desarrollo de un tema:

INFANTIL: la LOMCE no realiza cambios a nivel de enseñanzas mínimas (currículo), por lo que no afecta de forma específica a los temas.

 

PRIMARIA: debemos usar como referencia el real decreto 126/2014, y los nuevos curriculums autonómicos como base para el desarrollo de los temas.

 

SECUNDARIA Y BACHILLERATO: En estas dos etapas educativas para desarrollar los contenidos de los temas se debería realizar un breve recorrido por la normativa legal. Deberíamos comenzar hablando de aquellos cursos en los que no se aplica el desarrollo curricular de la LOMCE, mencionando los curriculums publicados con la anterior ley educativa. Y a continuación, centrarnos en los nuevos curriculums, tanto nacional como autonómicos, publicados desde la implantación de la nueva ley educativa.

 

Además, debemos tener en cuenta los nuevos términos, en todas las etapas educativas, utilizados por la LOMCE  como competencias claves, elementos trasversales…

 

Segundo examen: programación y unidades didácticas

INFANTIL: hay que incluir los nuevos términos de la LOE, y las competencias claves.

 

PRIMARIA: se usa como referencia los curriculums nuevos y la terminología de la LOMCE.

 

SECUNDARIA Y BACHILLERATO

  • Para 1º y 3º de la ESO, y 1º de Bachillerato: la normativa de referencia será los nuevos curriculums de la LOMCE
  • Para 2º y 4º de la ESO, y 2º de Bachillerato: como todavía no se aplica a nivel curricular la nueva ley, los curriculums de referencia serán los anteriores, los de LOE

 

En el caso concreto de algunas comunidades, como por ejemplo en Aragón, para secundaria y bachillerato no se ha implantado, en esta etapa, la nueva ley educativa. En este caso tanto para el desarrollo de los temas como para la defensa oral de la programación, la normativa de referencia es la publicada con la LOE.

 

¡Mucha suerte a todos los opositores!

Por MasterD

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