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Defensa elimina los límites de estatura para entrar a las Fuerzas Armadas


 

Cambio Requisito Altura Tropa y Marinería

Requisito Altura Fuerzas Armadas

 

¡Ya es oficial! El Ministerio de Defensa del Gobierno de España ha eliminado los límites de altura para el acceso a las Fuerzas Armadas. El Ministerio de Defensa ha suprimido dicho requisito con el fin de aumentar la presencia femenina en el cuerpo.

En el siguiente artículo te explicamos todo lo que necesitas saber los requisitos para ser militar. ¡Sigue leyendo! 

QUIERO ENTRAR EN EL EJÉRCITO

Cambio Estatura Mínima Ejército

Tras las primeras noticias, ya es oficial la eliminación, con carácter general, de los límites de altura para el acceso a las Fuerzas Armadas y a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil, recogidos en la Orden PCI/6/2019 y en el artículo 40 de la Ley 29/2014 respectivamente.

Como se indicaba en dicho documento, la talla no podía ser inferior a 155 cm en mujeres ni a 160 cm en hombres, ni superior a 203 cm en cualquiera de los casos.

Esta medida tiene como objetivo avanzar en la igualdad de oportunidades y facilitar la atracción del talento en las Fuerzas Armadas y Guardia Civil. Ahora que la altura ya no es un requisito, es previsible que aumente la presencia femenina. Una tendencia que se ha observado en el resto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Puedes conocer más aquí sobre las mujeres en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

requisito altura ejercito

Requisitos Tatuajes Ejército

Por último, otro de los requisitos de las oposiciones del Ejército que suelen suscitar especial interés entre los aspirantes, es el tema de los tatuajes. En este caso, es importante tener claro que los aspirantes a un puesto dentro de ejército pueden tener tatuajes que sean visibles con los uniformes pero se prohibirán todos aquellos que puedan ser contrarios de alguna manera a los valores constitucionales, a la imagen de las Fuerzas Armadas o puedan suponer algún tipo de discriminación.

En concreto, dentro de los requisitos de acceso o condiciones específicas comunes, se indica lo siguiente: “Carecer de inserciones o tatuajes que puedan ser contrarios a los valores constituciones o atentar contra la imagen de las Fuerzas Armadas”. Puedes conocer más aquí sobre la normativa de Tatuajes en el Ejército.

 

Por MasterD

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