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Renta 2015: Novedades de la campaña del IRPF

Declaración de la Renta 2015

Declaración de la Renta, Novedades 2015

 

Ya ha comenzado la Campaña de la Renta del año 2015 y aplicará algunas de las novedades que introdujo la reforma fiscal que entró en vigor el año pasado.

 

La Agencia Tributaria ha resumido en Internet las principales novedades de la campaña, que incluyen la rebaja de los tipos de IRPF, así como la entrada del nuevo sistema de presentación ‘online’, Renta Web.

 

Por eso,  hay varias claves que conviene conocer previamente.

 

Nuevo servicio Renta WEB

  • Es un nuevo servicio de la Agencia Tributaria (AEAT), más simple y flexible, que fusiona el borrador y el Programa Padre y está disponible desde el 6 de abril, cuando se inicia la campaña.
  • Permite realizar la Declaración de la Renta 2015 en tabletas y en móviles.
  • Lo puede usar todos los contribuyentes salvo los que obtengan rendimientos de actividades económicas.
  • No permite modificar las declaraciones de la renta una vez tramitadas, en cuyo caso habría que realizar una complementaria o un escrito de rectificación.

 

Rebaja del tipo gravamen

  • La tarifa de 2015 va desde el tipo mínimo del 19,5% para las rentas inferiores a 12.450 euros hasta el marginal del 46% para las rentas que superen los 60.000 euros anuales.

 

Supresión de la deducción por alquiler

  • En este ejercicio también está ya en vigor la supresión de la deducción por alquiler, aunque hay un régimen transitorio para los alquileres de vivienda efectuados antes de 2015, con lo que la supresión sólo afectará a los nuevos arrendamientos.

 

Nuevas deducciones por familia numerosa y discapacitados.

  • Los beneficiarios que reúnan los requisitos previstos legalmente tendrán derecho a una deducción en la cuota diferencial, a partir de la declaración de IRPF 2015.
  • Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de alguna de las anteriores deducciones respecto de un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.
  • Las deducciones se calcularán de forma proporcional al número de meses en que se cumplan de forma simultánea los requisitos exigidos, y tendrán como límite para cada una, las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad social y Mutualidades devengadas en cada período impositivo.

 

Consulta la Web de la Agencia Tributaria.

Por MasterD

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