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Medidas de apoyo para las personas a las que afecta el Coronavirus

  • El Gobierno de España ha anunciado medidas económicas para aquellas empresas y trabajadores a los que afectan la crisis del coronavirus. Te contamos aquí qué clase de medidas se van a aprobar.
  • Formación online, un sector en auge en España.
Medidas apoyo trabajadores covid

MEDIDAS APOYO TRABAJADORES

 

El brote de coronavirus que azota en España ha requerido la adopción de medidas para paliar la situación de emergencia en la salud pública. El Gobierno ha declarado el estado de alarma en todo el territorio nacional en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, ordenando la contención en el ámbito comercial, cultural, hostelería, restauración, además de otros ámbitos adicionales.

Como trabajadores nos surgen cuestiones laborales sobre nuestros derechos y ayudas durante el estado de alarma, veamos en el siguiente artículo algunas situaciones para acogerse.

 

¿Qué es un ERTE?

Siendo una situación de fuerza mayor las empresas se pueden acoger al ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), pueden suspender o reducir las actividades prestadas a la empresa mientras dure las circunstancias extraordinarias.

Si al trabajador le suspenden el contrato, pasa a ser desempleado y cobrará el 70% del promedio de la base de cotización de los últimos 180 días y con los topes mínimos y máximos establecidos para la prestación, diferentes según el trabajador tenga o no hijos a cargo. Si al trabajador le reducen la jornada, será entre el 10% y 70% de la jornada, y se le reducirá proporcionalmente el salario.

 

Medidas extraordinarias para trabajadores

Todo trabajador cobrará la prestación por desempleo, incluso personas que no cumplan los requisitos mínimos para percibir dicha ayuda. La empresa contará con la misma plantilla al reanudar la actividad, y durante los seis siguientes meses se salvaguarda el empleo. Si la empresa reduce plantilla en el plazo indicado, no podrá beneficiarse de estar exento del pago de las cuotas a la Seguridad Social.

 

Medidas de apoyo para autónomos

Las medidas de apoyo a los autónomos es estar exentos de:

  • Pagar de cuotas a la Seguridad Social durante este periodo, prorrogable un mes.
  • Cobrar el 70% de su base reguladora como prestación contributiva, ya que dejará de ser autónomo y pasará a estar en situación de desempleo.

¿Qué trabajadores por cuenta propia podrán beneficiarse de cobrar el paro y no pagar la cuota de la Seguridad Social?

  • Empresas que han tenido que suspender su actividad por la declaración de Estado de Alarma.
  • Empresas que su facturación queda reducida un 75% con respecto a la medida mensual del semestre anterior.

Si el autónomo dispone de trabajadores, podrá acogerse al ajuste de plantilla a través de ERTE.

 

Qué es el permiso obligatorio retribuido

El pasado 28 de marzo el Presidente Pedro Sanchez anunció que "desde el 29 de marzo y hasta el 9 de abril, quedan suspendidas todas las actividades no esenciales para frenar la propagación del Covid-19”.

Este permiso es obligatorio para aquellas personas que no tengan la opción del teletrabajo, ya que si el trabajador puede seguir desempeñando su actividad con normalidad mediante teletrabajo o cualquiera de las modalidades no presenciales seguirán prestando sus servicios. Durante estas 2 semanas de confinamiento, el trabajador percibirá la totalidad de su salario, y de forma “paulatina y espaciada en el tiempo” recuperará las horas de trabajo no prestadas, teniendo de tiempo para recuperar hasta el 31 de diciembre.

 

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Por Mercedes Villa

10 respuestas a Medidas de apoyo para las personas a las que afecta el Coronavirus

02 de abril del 2020

Muchas gracias por la info, es muy interesante y muy clara. Gracias

responder
02 de abril del 2020

Muy útil!. Gracias!

responder
01 de abril del 2020

Gracias por toda la información.

responder
01 de abril del 2020

Gracias! Comparto

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01 de abril del 2020

Artículo interesante y aclaratorio en estos días de grandes dudas

responder
01 de abril del 2020

Me parece muy útil la información. Muchas gracias

responder
01 de abril del 2020

Muy clarificador para encontrar respuestas. Gracias

responder
01 de abril del 2020

Muy interesante.

responder
01 de abril del 2020

Muchas gracias por vuestra información Masterd

responder
01 de abril del 2020

Muy muy interesante, gracias.

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